Absuelto un autónomo que se servía de la ayuda de un 'ilegal'

La magistrada considera que «las condiciones de trabajo no eran claramente perjudiciales y restrictivas de los derechos del trabajador»

El Correo, 17-07-2006

El Juzgado de lo Penal número dos ha absuelto a un autónomo de un delito contra los Derechos de los Trabajadores por el que el Ministerio Fiscal le pedía dos años de cárcel. El acusado trabajó en la reforma de una vivienda y, en ocasiones, según relata la sentencia, era ayudado por un ‘ilegal’ al que no contrató.

Los hechos que se le imputan ocurrieron en febrero de 2005, cuando el acusado, C.C.D., rumano de 30 años, trabajaba como autónomo, subcontratado por una empresa, en la reforma de una vivienda de Logroño. «Ocasionalmente, el acusado era ayudado por un amigo y compatriota en situación ilegal en España, a quien compensaba esta ayuda entregando ciertas cantidades de dinero».

En este sentido, el amigo declaró en la vista oral que «le ayudaba a tareas concretas, como coger herramientas para trasladarlas a las obras y, por esa ayuda, era compensado con la entrega de ciertas cantidades de dinero, unos quince o veinte euros, que le venían estupendamente para ayudar a cubrir sus necesidades».

Por estos hechos el Ministerio Fiscal le acusó de un delito Contra los Derechos de los Trabajadores (artículo 312.2 del Código Penal) y le pedía dos años de cárcel, además de una multa de 2.400 euros. No obstante, la jueza del Penal concreta que este artículo «penaliza a quienes empleen a súbditos extranjeros sin permiso de trabajo en condiciones que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual».

Sin relación laboral

En este caso concreto, considera que «de ninguna de las pruebas practicadas se desprende, ni de forma indiciaria, que el acusado estuviera unido a su compatriota por una relación laboral». Además, subraya que, la declaración del compatriota «no nos lleva a concluir que la condiciones de trabajo fueran claramente perjudiciales y restrictivas de sus derechos como trabajador».

Por otro lado, la magistrada tiene en cuenta que, en la actualidad, el acusado ha creado una empresa y ha contratado, de forma legalmente establecida, a este amigo y a otro compatriota, después de que hayan conseguido sus papeles. Una actitud que cree a «destacar», asegura.

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