Prohibir la opinión, permitir la mentira

Es indiscutible que tanto el delito de promover el odio como el de apología del franquismo rozan los delitos de opinión, por tanto, tienen peligrosa interpretación

El Diario, Pascual Serrano , 14-02-2020

Está resultando muy comentada la intención del Gobierno de incluir la apología del franquismo como un delito en el Código Penal. “En democracia no se homenajea ni a dictadores ni a tiranos”, dijo Adriana Lastra en un desayuno informativo organizado por Nueva Economía Fórum el pasado día 10 de febrero. No es la primera vez que la izquierda plantea crear un delito y termina saliendo trasquilada. En la última reforma del Código Penal se incorporó el delito de odio, desarrollado en el artículo 510.

En él se establece que se castigará con penas de uno a cuatro años de prisión a “quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad”. El delito de odio se concibió, con el apoyo de la izquierda y los movimientos sociales, para proteger a las minorías discriminadas o potencialmente víctimas de agresiones: colectivos LGTB, inmigrantes, grupos étnicos.

Pues bien, el delito de odio fue una de las acusaciones planteadas en la demanda contra la revista El Jueves por una noticia humorística en su web bajo el título “La continua presencia de antidisturbios acaba con las reservas de cocaína en Cataluña”. También fue el delito de odio el planteado por la Fiscalía contra los independentistas que se manifestaron frente a los hoteles catalanes donde se alojaban policía nacional y guardia civil. Interior creó un gabinete jurídico para tramitar como delitos de odio las denuncias de estos agente.

Este tipo de delitos es también la acusación del fiscal contra ocho profesores de instituto de Cataluña por comentarios en tres centros educativos sobre las cargas policiales en el referéndum del 1 de octubre. Y también se utilizó en el caso de las agresiones a miembros de la Guardia Civil en Altsasua y contra el actor Willy Toledo por parte de la Asociación de Abogados Cristianos, además del delito “contra los sentimientos religiosos” en este último caso.

Si todo eso ha sucedido con el delito de odio, podemos imaginar lo que puede sucede abriendo la caja de Pandora de la apología del franquismo. La primera contradicción, como ha recordado Antonio Maestre, es que supondría juzgar a alguien por defender un régimen que legalmente no ha cometido ningún delito y por crímenes que no han sido juzgados. La mayor apología del franquismo es que el Estado pague un plus en la pensión mensual a un policía por haber torturado durante la dictadura.

La segunda es que todavía se consideran vigentes las sentencias penales de los tribunales franquistas y las consideraciones de “terroristas” o “bandoleros” para los que combatieron ese régimen dictatorial. La tercera es que se podría sentar el precedente para considerar delitos otros regímenes, repudiables para unos o para otros. Parece lógico que si es un delito hacer apología del franquismo también debería serlo del régimen de Primo de Rivera, o del nazismo, o del fascismo italiano o de la dictadura argentina o chilena o del sistema feudal del medievo.

Lo que es indiscutible es que tanto el delito de promover el odio como el de apología del franquismo rozan los delitos de opinión. Y, por tanto, pueden tener una muy peligrosa interpretación. En mi opinión, estas tipificaciones son palos de ciego ante la falta de valor para penalizar la mentira sobre hechos históricos o actuales. El problema no es odiar o que alguien diga que le gusta el régimen franquista. El problema es cuando se miente, y no en privado sino en programas de televisión y por parte de cargos políticos en actos públicos, negando los crímenes del franquismo e imputando delitos a inocentes.

Cuando Ortega Smith dijo que las Trece Rosas “lo que hacían era torturar, violar y asesinar vilmente”, fue denunciado por un delito de odio, pero no se le podía denunciar por mentir, que debería ser el verdadero delito. Ortega Smith debería ser libre para odiar a las Trece Rosas, como nosotros para odiar a Ortega Smith, pero un sistema democrático que quiera tener ciudadanos preparados para tomar decisiones debe impedir que sean engañados.

El problema no es que algunas personas se declaren partidarias de la dictadura franquista, el problema fue cuando se pasearon por nuestras televisiones unos personajes diciendo que Franco creó la Seguridad Social, las vacaciones pagadas, las magistraturas de trabajo, nos libró de la Segunda Guerra Mundial, pagaba un salario a los presos del Valle de los Caídos y en sus cárceles no se torturaba ni había presos políticos. O que la izquierda inició la guerra con su pucherazo electoral, su violencia y la amenaza comunista. Todo ello mentiras impunes que, aunque fueran contestadas por prestigiosos historiadores, para muchas audiencias eran solo dos versiones contrapuestas.

Soy de los que piensan que alguien pueda decir públicamente que es partidario de que los ciudadanos de raza negra o las mujeres no deberían votar, pero que debemos castigarle si dice que esos ciudadanos o las mujeres tienen menos capacidad mental. Si actuamos contra el primer escenario y dejamos impune el segundo podrá seguir engañando con su mentira y, encima, presentarse perseguido por sus ideas.

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