Estrasburgo avala la política española de «devoluciones en caliente»

El fallo es inapelable y supone un giro radical con respecto a la primera sentencia de esta misma corte en 2017, que condenaba a España

Diario Vasco, PAULA ROSAS, 14-02-2020

Contra todo pronóstico, la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) avaló hoy de forma unánime la política española de devoluciones en caliente al considerar que los inmigrantes que saltan la valla de Melilla para entrar en España lo hacen saltándose la legalidad y «recurriendo a la fuerza». El fallo es inapelable y supone un giro radical con respecto a la primera sentencia de esta misma corte en 2017, que condenaba a España por considerar que las devoluciones en caliente suponían una expulsión colectiva y, por lo tanto, violaban la Convención Europea de Derechos Humanos.

La decisión de hoy de la más alta instancia de la corte de Estrasburgo revoca, por lo tanto, esa condena, y tendrá consecuencias no solo en la legislación española sino que condicionará la política de fronteras de todos los miembros de la UE y, en general, de los 47 que forman el Consejo de Europa.

El caso que ha estudiado la Gran Sala es el de dos subsaharianos, N. D., de Mali, y N. T., de Costa de Marfil, que saltaron la valla de Melilla el 13 de agosto de 2013, y que fueron expulsados a Marruecos por las fuerzas de seguridad nada más poner los pies en territorio español. Según su declaración, ninguno de los dos fue identificado. Tampoco pudieron explicar sus circunstancias personales ni contaron con la asistencia de un abogado o un intérprete. La sentencia de sala de 2017 consideraba que España violó con esta expulsión el Protocolo nº4 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que prohíbe las expulsiones colectivas, y el artículo 13 al privar a los demandantes de la posibilidad de interponer un recurso, y condenaba a indemnizar a cada uno de los denunciantes con 5.000 euros por daños morales.

Sin embargo, los 17 jueces de la Gran Sala consideran ahora que no se ha contravenido ninguno de los dos artículos porque los dos denunciantes «se pusieron ellos mismo en una situación ilegal» al intentar saltar la valla de Melilla con un numeroso grupo de inmigrantes, aprovechando que eran muchos y «usando la fuerza». De este modo eligieron «no usar los procedimientos legales que existen para entrar en el territorio español de forma regular», bien por el puesto fronterizo de Beni Enzar o a través de las embajadas y consulados españoles. Para ejercer los derechos que les otorgaría la Convención deberían, por lo tanto, haber entrado de forma regular, viene a decir Estrasburgo y si no se individualizó su expulsión «fue a consecuencia de su propia conducta».

Recurso del Gobierno de Rajoy
Tras la condena de 2017, el gobierno, entonces presidido por Mariano Rajoy, interpuso un recurso contra la sentencia, recurso que fue mantenido después por el gobierno socialista. Del fallo de hoy también estaba pendiente el Tribunal Constitucional, ya que el PSOE y otros grupos presentaron un recurso contra la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como «ley mordaza», que había incluido una serie de disposiciones para dar apoyo jurídico a las devoluciones. Aunque el grupo socialista había considerado esta práctica como inconstitucional, una vez Pedro Sánchez en el gobierno se decidió mantener el recurso presentado ante el TEDH y esperar a la sentencia de hoy para conocer los argumentos del tribunal y actuar consecuentemente.

N. D., nacido en 1986, abandonó Mali debido al conflicto armado en 2012. Atravesó Mauritania y Argelia para llegar a Marruecos en 2013, donde vivió durante meses en el campamento de inmigrantes del monte Gurugú, a pocos metros de Melilla. El otro denunciante, N. T., de Costa de Marfil, había llegado al insalubre enclave en 2012. El 13 de agosto participaron en un salto masivo a la valla de Melilla, en el que la policía marroquí impidió que unas 500 personas escalaran la verja pero no pudo evitar que otro centenar lo consiguiera. Unos 75 de ellos lograron subir a lo más alto del cerco interior (de los tres que separan España del reino alauí) y los que bajaron a territorio español, algunos tras pasar horas encaramados a la valla, fueron rápidamente esposados y escoltados hasta Marruecos. Entre ellos estaban los dos denunciantes.

Según su declaración, ninguno de los dos fue identificado ni tuvo la posibilidad de explicar sus circunstancias personales a los funcionarios. Tampoco recibieron la asistencia de un abogado o intérprete. Fueron transferidos a la comisaría de Nador, donde solicitaron asistencia médica que fue denegada, antes de ser llevados hasta Fez, a unos 300 kilómetros, y ser abandonados allí. Repitieron el intento de entrar en España en octubre y diciembre de 2014. El primero fue reenviado a Mali y el segundo se encuentra, al parecer, en algún lugar de España.

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