El Tribunal Supremo obliga a tramitar el asilo de 17.000 refugiados pactado con la UE

España debe terminar cada procedimiento, lo que no significa que se asigne la protección

ABC, Laura L. Caro / Luis P. Arechederra, 12-07-2018

La Comisión Europea, encargada de vigilar el cumplimiento de las obligaciones comunitarias, nunca ha emprendido acción legal alguna contra España por la acogida o no de refugiados. Ha tenido que ser la denuncia de una ONG, Associació de Suport a Stop Mare Mortum, la que ha llevado al Tribunal Supremo a emitir una sentencia que condena al Estado español a «continuar la tramitación» de las solicitudes de asilo de refugiados procedentes de Grecia e Italia que quedaron pendientes en septiembre de 2017, esto es, al término del programa de reubicación de esas personas. Lo que no conllevaría automáticamente que les fuera asignado asilo ni que la protección acabara haciéndose efectiva.

El Alto Tribunal entiende que España ha incumplido parcialmente las obligaciones administrativas «vinculantes» que contrajo en el marco de la Decisión 2015/1523 del Consejo Europeo en tanto que solo ha tramitado 2.500 instancias, un 12,85% del cupo de 19.449 plazas de asilo que había comprometido a ofertar.

Entre otros argumentos, el abogado del Estado defendió que España estaba realizando las gestiones necesarias para reclamar y reubicar a los asilados que le habían sido asignados, pero que el procedimiento era laborioso, ya que se trataba de verificar caso a caso si todas las personas del cupo reunían las condiciones precisas para su consideración como asiladas.

En nombre de la seguridad
Durante los dos años que ha durado este programa de reubicación de refugiados fundamentalmente sirios e Iraquíes huidos de sus países en 2015, que habían llegado a Grecia e Italia, el gobierno de Mariano Rajoy no ha cesado de recibir críticas por su presunto déficit de voluntad a la hora de ofrecer protección internacional a los que llamaban a las puertas de Europa. El Ministerio del Interior siempre recordó que los necesarios procedimientos de seguridad que sirvieron para detectar y rechazar a varios sospechosos de yihadismo, según aseguró en 2016 a este diario el entonces ministro Jorge Fernández contribuían a ralentizar las tramitaciones, que Atenas y Roma tampoco ejecutaban con demasiada agilidad.

En el tramo final de este programa, España justificó el bajo ritmo de recepción de estos hombres y mujeres explicando que en septiembre de ese mismo año, las autoridades griegas comunicaron que ninguno de los 50.000 refugiados era reubicable en nuestro país. «Lamentamos informarles de que en la actualidad no hay más expedientes que cumplan los criterios de elegibilidad establecidos en las Decisiones del Consejo de la UE para el Programa de Reubicación», notificaron en un mensaje a la Oficina de Asilo y Refugio (OAR), que en su momento fue leído en sede parlamentaria.

Tomando el conjunto de los 24 países de la UE más Noruega, Suecia y Liechtenstein a los que les fue asignado un cupo de reubicaciones, España no figura como un gran cumplidor, pero tampoco como el último de la tabla. Hungría, Polonia no han acogido a ninguno y Bulgaria, Croacia, Chipre, República Checa, Estonia o Eslovaquia lo han hecho a un nivel ínfimo.

Más allá, nuestro país también participó en el programa de reasentamiento de personas que habían ido a Jordania, Líbano o Turquía huyendo de conflictos en Oriente Medio. Se recibió a 1.424, el 44% de los que el Gobierno se había comprometido a acoger.

Texto en la fuente original
(Puede haber caducado)