Código de familia marroquí

La Vanguardia, 13-04-2006

Llega Semana Santa y aquí, por fortuna, cada cual la celebra a su manera. Los católicos practicantes pueden ir a la iglesia, los demás salen de viaje, van al teatro o, simplemente, se quedan en casa. Y externamente nadie conoce las creencias de nadie. Una situación de libertad cuya adquisición ha costado siglos, hasta constituir un sello definitorio de nuestra sociedad. Por este motivo, inquieta que personas procedentes de otras culturas se empeñen en introducir sus prácticas cuando se quedan a vivir entre nosotros. Inquieta que en el Reino Unido se hable de imponer la charia, ley canónica del islam, en los lugares donde habita una mayoría de musulmanes. Inquieta que en Francia haya mujeres musulmanas que se niegan a ser atendidas por médicos masculinos, que las niñas abandonen las actividades cuando cumplen 12 años, que en algunas piscinas haya horarios diferentes para hombres y mujeres, que en la universidad se rehúsen los exámenes con profesores del otro sexo. En todo esto fallan dos principios: el de que no existan guetos y el de un eclecticismo que siempre ha de mirar hacia adelante. La población autóctona y la foránea han de mezclarse para que la acogida sea efectiva, y los inmigrados deben adaptarse a las leyes y usanzas de una sociedad progresista.
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Cuando las costumbres de unos y otros no difieren de forma extrema apenas hay conflictos; éstos surgen cuando el arcaísmo pretende imponerse a la modernidad, cuando el dogmatismo se opone a la libertad de pensamiento. Desacreditado ya el relativismo cultural, que conduce a admitir prácticas que vulneran los derechos humanos, como la ablación, han de ser las culturas ancladas en la tradición las que evolucionen hacia conceptos socialmente avanzados. En este propósito puede inscribirse el nuevo código de Familia aprobado en Marruecos.
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Aunque distando mucho de los derechos que las mujeres occidentales han conquistado, el código marroquí aprobado en el 2004 representa para las musulmanas un camino hacia la emancipación. Constituye un avance que la poligamia se prohíba cuando la esposa así lo exprese en el contrato matrimonial. Algo que en la práctica sólo ocurre entre las mujeres con más recursos y más informadas, pero que sin duda irá extendiéndose. Por otro lado, la edad para casarse se fija, para ambos sexos, en los 18 años, y la mujer ya puede hacerlo sin necesidad de un tutor. Cierto que, seis meses después de que el código entrara en vigor, el Tribunal de Familia de Rabat había autorizado el matrimonio de 277 mujeres menores de edad y había validado 60 casos de poligamia, pero también lo es que las leyes acaban por imponerse.
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No obstante, se continúa legislando sobre la intimidad femenina hasta el punto de intervenir en los perIodos de luto y de abstinencia sexual. Las viudas o repudiadas no podrán casarse de nuevo hasta pasadas tres menstruaciones, o tres meses para las que aún no tengan la regla, y las que sufran irregularidades deberán esperar 12 meses. Insólito nos parece desde aquí, además de contrario al nuevo código, ya que implícitamente se admite el matrimonio de una menor. En cuanto al repudio, suena tan deplorable como el control sobre el cuerpo de la mujer.
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Pese a todo, existen mejoras en un código de familia que nace del conocimiento de otras culturas. Lo inadmisible es que algunos islamistas pretendan superponer sus arcaísmos a la leyes del país que les acoge.
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