Paga 3.000 euros por simular una relación

Una sentencia exculpa de falsedad a una dominicana y un ourensano inscritos como pareja de hecho para que ella obtuviera el certificado de residencia a cambio de dinero

La Voz de Galicia, p. s. ourense / la voz, 21-12-2014

Un matrimonio de conveniencia, incluso habiéndose constatado y probado que una de las partes pagó a la otra para que se prestara a simular una relación de pareja inexistente, no necesariamente constituye un delito. Una sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Ourense acaba de exculpar a un ourensano y una dominicana que se enfrentaban a una petición fiscal de un año y seis meses de prisión, acusados de falsedad en los dos casos.

Declara hechos probados la sentencia que la dominicana Mauris Y. R., en situación ilegal en España en 2011 contactó con el ourensano Roberto S. S., (con antecedentes penales no computables). Convinieron inscribirse como pareja de hecho en el registro de la Xunta. Ella ofreció 3.000 euros, que entregó en dos pagos, en julio y noviembre del 2011. El objetivo no era otro que regularizar la situación administrativa de la mujer, que aquel mismo verano solicitó en la Subdelegación del Gobierno la correspondiente tarjeta de residencia en España, que le fue otorgada.

Completa la sentencia la relación de hechos con un incidente posterior, ocurrido en noviembre del 2012. El acusado se presentó en el bar donde trabajaba la mujer y le exigió 1.500 euros más, a lo que ella no solo se negó, sino que las coacciones fueran denunciadas en la comisaría de policía de Ourense.

Indica la jueza que en este caso lo único que ha quedado acreditado es que los acusados simularon ser pareja de hecho con la intención de que ella consiguiera de forma indebida una tarjeta de residencia. Firmaron un documento, además, que demuestra que «estamos ante una simple relación de conveniencia». No es ilegal, pero sí fraudulenta, dice la sentencia, cuando se aparenta una situación de hecho inexistente. Ni siquiera dio credibilidad la jueza a las explicaciones del hombre, en el sentido de que el dinero eran «cosas de pareja» y «una especie de dote», con el añadido de que «si no convivían juntos, era por motivos de trabajo, ya que él viajaba mucho».

La mujer lo explicó de otro modo. Más sincera, según las conclusiones de la sentencia. Llegó a España como turista. Supo por otras chicas que haciéndose pareja de hecho podía regularizar su situación. Pagó 1.500 euros cuando se inscribieron como pareja de hecho y otros 1.500 euros cuando obtuvo la tarjeta comunitaria. Ella tenía su vida, pero cuando alertó a Roberto de que la brigada de extranjería estaba investigando su situación, se encontró con una petición de 1.500 euros más, que no aceptó.

Era un momento, según se hace constar en la sentencia, de avalancha de inscripciones de parejas de hecho que en el 2011 alertó a la policía. Se abrieron investigaciones y apareció que «en esa época ellas estaban asesoradas por abogados que les dicen que lo que hacen es legal y continúen como parejas de hecho».

La jueza razona que la falta de verdad que contiene la solicitud de inscripción en el registro solo afecta a lo declarado en ese documento. «No se trata de un documento simulado, sino verdadero, subjetiva y objetivamente, por lo que no cabe tacharlo de inauténtico, aunque no son verdaderos los hechos que recoge, comportamiento este que resulta atípico como falsedad documental, al tratarse de una falsedad ideológica cometida por particulares, algo que ha sido despenalizado», indica la sentencia, por el Código Penal vigente. Al excluir a los particulares del delito «ha venido a consagrar la interpretación jurisprudencial que había entendido como atípicas las meras declaraciones inveraces, especialmente cuando se vierten ante funcionario público», según la sentencia absolutoria.

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