Doblan la pena a los patrones de una patera por llevar menores

El Mundo, , 08-05-2013

MIGUEL CABRERA / Almería
El Tribunal Supremo ha doblado la
condena fijada por la Audiencia de
Almería contra los dos patrones de
una patera interceptada en 2011 en
la costa almeriense al considerar el
agravante de que entre los inmigrantes
que navegaban en la embarcación
se encontraban siete menores.
La Sala de lo Penal del alto
tribunal ha impuesto a ambos una
pena de ocho años y un día de prisión,
frente a los cuatro años y seis
meses fijados por la Audiencia.
Tras esta sentencia inicial, el Fiscal
presentó un recurso de casación,
al entender que se había cometido
un error y estimar que la sentencia
no había aplicado el subtipo agravado
de transportar a menores.
El Supremo entiende que procede
la estimación del recurso, y que
procede a la aplicación de dicho
agravante, que impone para tal supuesto
la pena superior en un grado.
De esta forma, la nueva sentencia
aplica a ambos el mínimo legal
que corresponde a la pena superior,
es decir, de ocho años y un día.
La Sala de lo Penal advierte que
en la sentencia de la Audiencia se silencia
totalmente el planteamiento
de la Fiscalía sobre este asunto. Y en
relación a la presencia de menores
en la patera , señala que fue clara la
declaración de un agente de la Policía
en el sentido de que viajaban siete,
que fueron entregados al organismo
de protección de la Junta.
Los dos condenados, naturales de
Guinea Bissau y Gambia y sin antecedentes,
eran los encargados de
conducir la embarcación en la que
viajaban 54 personas de origen subsahariano.
Todos ellos habían iniciado
su viaje en la costa marroquí,
donde habían pagado a personas no
identificadas encargadas de organizar
dicho viaje entre 500 y 1500 euros.
Los dos patrones fueron condenados
por la Audiencia, aunque en
el juicio no quedó acreditado que
ambos se beneficiasen de todo o
parte del dinero.

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