El caso de Mohamed Aziz y los intereses de usura

El País, Milagros Pérez Oliva , 19-06-2012

Cuando el secretario judicial da por concluida la subasta, comienza para muchos desahuciados una nueva pesadilla que puede alterarles el suelo de por vida: pagar lo que aún queda de la deuda y que no es solo lo que quede pendiente de la hipoteca. A esa cifra hay que añadir los intereses de demora que la entidad ha ido cargando sobre la deuda como si fuera una máquina registradora desbocada y que pueden llegar a doblar la deuda pendiente.

Ríete de la prima de riesgo, dicen los abogados. Ya querrían muchos desahuciados la tasa de interés que pagamos entre todos por la deuda pública o el interés que soportan los bancos para financiarse en el mercado. Si un interés del 7% es insoportable para un país, ¿cuál es la cifra soportable para una economía familiar en quiebra? Pues los desahuciados, además de perder la vivienda, han de afrontar unos intereses de demora que oscilan entre el 19% y el 25%. Empiezan a contar desde que se deja de abonar la cuota y se suman de golpe a la deuda cuando termina la subasta. La ejecución de una hipoteca puede tardar, según Beatriz Corredoira, asesora jurídica del Consulado de Ecuador en Barcelona, entre un año y medio y dos años y en algunas ciudades con mayor atasco, como Rubí, hasta tres.

“La ley permite que los intereses de demora sean altos para desincentivar el incumplimiento en el pago de las cuotas, pero cuando alguien realmente no puede pagar, resultan abusivos”, sostiene el profesor Ramón Falcón y Tella.

El magistrado José María Fernández Seijo considera que los intereses de demora que se aplican en España son claramente desproporcionados y por eso ha planteado una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por entender que se puede estar vulnerando una norma comunitaria; en concreto, la directiva que protege a los consumidores frente a cláusulas abusivas. Alega además que el sistema de ejecución que se aplica no facilita el control de oficio por parte del juez y deja al deudor en situación de indefensión.

El caso que el magistrado ha planteado ilustra bien un fenómeno que podría calificarse de usura. Se trata de una ejecución hipotecaria instada por La Caixa d’Estalvis de Tarragona (ahora integrada en Catalunya Caixa) contra Mohamed Aziz, un marroquí que vivía en España desde 1993 y que en julio de 2007 suscribió un préstamo hipotecario sobre la vivienda que había adquirido en Mataró, tasada en 194.000 euros.

Era, como tantos otros, un préstamo a muy largo plazo, con cuotas de unos 600 euros mensuales. La última estaba prevista para el año 2040, pero apenas un año después, estalló la crisis y Mohamed Aziz no pudo hacer frente a los vencimientos. Desde el momento de formalizar el préstamo hasta que dejó de pagar, 10 meses después, había pagado 6.656 euros de intereses ordinarios y había amortizado 1.325 euros del capital. En marzo de 2009, cuando se inició la ejecución hipotecaria, la entidad le reclamó una deuda de 139.764 euros, más 41.902 euros de intereses de demora y costas judiciales. La primera cuota impagada ascendía a 620 euros, la segunda a 822, la tercera a 861, y así, sucesivamente.

La subasta se convocó en julio de 2010 y quedó desierta, por lo que la caja se quedó el piso por el 50% de su valor de tasación, es decir, por 97.200 euros, de modo que cuando en enero de 2011 Mohamed Aziz fue “lanzado” finalmente de la vivienda, había perdido su casa y seguía debiendo más de 40.000 euros del capital pendiente de amortizar más otros 42.000 euros de intereses de demora y costas judiciales.

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