Cataluña considerará adulto al inmigrante que rechace pasar pruebas

La fiscalía establece nuevos protocolos para actuar ante individuos de edad dudosa

De los 229 inmigrantes, a los que se examinó en 2010 para determinar los años, 136 fueron catalogados como mayores

Diario de noticias de Alava, EFE, 10-07-2011

bARCELONA. La Fiscalía de Cataluña dictó ayer una instrucción que ordena catalogar como adultos a los inmigrantes irregulares de edad dudosa que aseguren ser menores, cuando se nieguen a someterse a las pruebas forenses para comprobarlo.

En su instrucción, la Fiscal Superior de Cataluña, Teresa Compte, establece los protocolos que deben seguir los fiscales ante los crecientes casos de inmigrantes, en su mayoría africanos, que piden protección institucional acreditando en sus pasaportes que son menores de edad, aunque su aspecto físico indica lo contrario.

En 2010, la Fiscalía de Cataluña ordenó practicar 299 diligencias para determinar la edad de 299 inmigrantes no acompañados, de los que 136, casi la mitad, acabaron siendo catalogados como adultos, según datos de la memoria del ministerio público correspondiente a 2010.

La circular de la Fiscalía coincide con dos sentencias recientes que han puesto en duda la fiabilidad de las pruebas radiológicas – de la muñeca y la dentadura – que se utilizan para determinar la edad de los menores, unos exámenes que según las asociaciones de defensa de los jóvenes inmigrantes tienen un margen de error de dos años. En su instrucción, Teresa Compte alerta de que va en aumento el número de extranjeros sin familia, en su mayoría de países del golfo de Guinea, que afirman ser menores, acreditándolo con pasaportes e inscripciones de nacimiento, pese a que por su aspecto físico parecen adultos.

Según la Fiscalía, el número de esos extranjeros es elevado y a veces han llegado a ocupar más de la mitad de las plazas de los centro de acogida, con los problemas que plantea el hecho de estar “mezclados” con menores y de emplear recursos asistenciales y formativos que están reservados a éstos. La instrucción advierte de que muchos países tienen registros civiles de dudosa fiabilidad y emiten pasaportes a partir de la mera manifestación sobre datos personales, mientras en otros, como Costa de Marfil, Ghana o Togo, no se inscribe a los niños con un nombre hasta transcurridos varios años.

En los países con los que España no tiene convenios de acuerdo, la instrucción establece que hay que atenerse a criterios médicos para determinar la edad. En esas situaciones, la circular de la Fiscalía obliga a abrir un expediente de protección y a citar al menor para practicarle las pruebas radiológicas.

El menor deber ser informado, en caso necesario mediante intérprete, del proceso y de sus consecuencias pero será considerado mayor de edad si se niega a someterse a las radiografías y a ser examinado por el forense.

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