El TSJC suspende cautelarmente la prohibición del burka en Lleida

La ordenanza queda paralizada hasta que se resuelva el recurso

La Vanguardia, , 18-01-2011

JOSEP PLAYÀ MASET / JAVIER RICOU – Barcelona / Lleida

Según el Alto Tribunal, la suspensión no supone perjuicio porque ya es obligatorio identificarse
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha suspendido de manera cautelar el acuerdo del Ayuntamiento de Lleida de prohibir el burka, el niqab u otras prendas que tapen el rostro en edificios e instalaciones municipales. El auto, fechado el 12 de enero, precisa que la suspensión cautelar estará vigente hasta que haya sentencia sobre el recurso contra la prohibición presentado por la asociación musulmana Watani por la Libertad y la Justicia.

La decisión del TSJC supone un revés para los distintos ayuntamientos que han aprobado cambios similares en las ordenanzas para impedir que se pudiese ir con burka en los centros municipales ya que esa medida podría precipitar recursos paralelos en otras ciudades catalanas que también han aprobado modificaciones similares en las ordenanzas.

El Ayuntamiento de Lleida, tras conocer ayer por la tarde la decisión del Alto Tribunal, anunció que recurrirá la suspensión cautelar, en el plazo de cinco días que marca la ley. La concejal de Seguridad Ciudadana, Sara Mestres, explicado que se trata únicamente de una medida cautelar sin entrar a valorar el fondo del asunto. Mestres destacó que el Ministerio Fiscal, al que se le dio audiencia en el proceso, se opuso a dicha suspensión. “Realizaremos todo lo necesario para que la ordenanza acabe siendo efectiva”, aseguró tras conocer un auto que ha creado malestar.

La prohibición del burka fue aprobada de forma definitiva el 8 de octubre del 2010 y entró en vigor el 9 de diciembre. El Ayuntamiento de Lleida fue el primero en España que dio luz verde a la prohibición. De todos modos no consta que desde su puesta en vigor se haya tenido que sancionar a nadie.

La suspensión del acuerdo es consecuencia del recurso especial de protección de los derechos fundamentales presentado por la asociación musulmana Watani de Lleida contra la modificación de tres artículos de la ordenanza municipal de Civismo y Convivencia que afecta a espacios públicos. Los seis magistrados del TSJC argumentan que “si el recurso se viera finalmente estimado”, la aplicación de la ordenanza impugnada “podría comportar perjuicios sino irreparables, en todo caso de muy difícil reparación para aquellas personas a las que se impidiera el acceso a determinados espacios municipales como mercados, bibliotecas, medios de transporte o escuelas y otros locales municipales”. En cambio, el TSJC señala en su auto que “la suspensión cautelar no genera perjuicio alguno para el interés general o público, pues desde luego la obligación de todo ciudadano de identificarse a requerimiento de autoridad o funcionario legitimado viene impuesta por la legislación vigente, y por tanto el mantenimiento del orden público y de la seguridad ciudadana en nada se ven afectados por la suspensión”.

Carlos Antolí, abogado de Watani, considera que esta ordenanza es innecesaria porque existe una normativa estatal que ya regula esta cuestión.

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