Cataluña

La Constitución, como defensa del Ramadán y del «burka»

Musulmanes de Cataluña apelan a la Carta Magna para defender el ayuno de los temporeros o el velo integral

ABC, JANOT GUIL / BARCELONA, 13-08-2010

Musulmanes de Cataluña apelan a la Carta Magna para defender el ayuno de los temporeros o el velo integral
JANOT GUIL / BARCELONA
Día 13/08/2010
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Nada nuevo que algunas tradiciones musulmanas, más o menos connotadas de integrismo, pongan a prueba las frágiles costuras de la cohesión social entre razas, nacionalidades y creencias en nuestro país. Sólo cabría recordar las recurrentes polémicas a propósito de la instalación de mezquitas en nuestras calles.
Pero a este problema cíclico se le han añadido recientemente otros dos: la coincidencia de la celebración en pleno agosto canicular del Ramadán, que impone un ayuno de agua y comida que compromete a muchos trabajadores musulmanes que trabajan a pleno sol en tareas muy duras, como recoger fruta o la construcción, y la reciente oleada de municipios que han decidido prohibir la exhibición del velo integral islámico, sea el «burka», sea el «niqab». Y en ambas controversias, que han tenido como escenario prototípico Lérida, aunque ha habido muchos otros, los defensores de ambas tradiciones han blandido como argumento la Constitución española (artículo 16: se garantiza la libertad religiosa y del culto…).
En el caso del Ramadán, el calendario lunar por el que se rige ha querido que este año caiga en el mes de agosto (comenzó este miércoles), y no en septiembre como en años anteriores. Y así será hasta 2013. En el campo leridano la coincidencia llevó a empresarios y sindicatos agrícolas a blindarse de cara a posibles adversidades derivadas de la contratación de temporeros que fueran fieles al ayuno de agua y comida —en horas de sol, como exige El Corán— a riesgo de desfallecer mientras se recogen peras a cuarenta grados centígrados.
Uno de los sindicatos, el de jóvenes agricultores (JARC), dejó caer que algunos empresarios preferían no contratar a musulmanes para evitar riesgos. En seguida asomaron UGT y CC.OO. para recordar que eso era ilegal. Y algunos apelaron a la Carta Magna para gritar justicia.
Entretanto, desde la agrupación de empresarios agricultores AELL-ASAJA se dio con otra solución no menos controvertida. Tras formar a sus peones sobre la Ley de riesgo laborales y en concreto sobre la necesidad de hidratarse cuando se trabaja a pleno lorenzo, se les hizo formar una cláusula que exime al empresario de responsabilidad si tienen problemas de salud derivados del ayuno mientras trabajan. «No discriminamos por la religión: haríamos lo mismo con alguien que hiciera ayuno por otra razón.. Simplemente nos curamos en salud. Si pasa algo, el juez decidirá», explica Pere Roqué, presidente de AELL-ASAJA.
Al margen del Ramadán, y antes de su llegada, en Lérida orilló otra controversia. El Ayuntamiento aprobó una normativa por la que se prohíbe portar el velo integral de las mujeres islámicas que sólo deja a la vista los ojos —«burka» o niqab— en dependencias públicas. Se apelaba a razones de seguridad —no se puede entrar en un edificio público con el rostro oculto—, pero no se podían ocultar los motivos de fondo: eliminar una tradición que en Occidente juzgamos degradante.
Tras Lérida, le siguieron otros municipios. Una cruzada «antiburka» que el bando musulmán se intenta frenarla. Es el caso de la Asociación Watani para la Libertad y la Justicia y de la Asociación Islámica de Lérida y Provincia, que han presentado sendas alegaciones contra la norma municipal. Argumentan, entre otros motivos, que la prohibición vulnera la Constitución y la declaración Universal de los derechos Humanos en materia de libertad religiosa.
Y aseguran que si no prosperan por la vía administrativa optarán por la vía judicial, la que tiene como friso nuestra Constitución.

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