El Gobierno apoya que se prohíba el pañuelo islámico a las letradas

Las Provincias, EFE | MADRID., 30-07-2010

La Fiscalía y la Abogacía del Estado creen que el juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez actuó conforme a derecho, y de acuerdo a la potestad de «policía de estrados» que le otorga la ley como presidente de un tribunal, al expulsar de la sala a una abogada por usar un pañuelo islámico.

Así lo argumentan ambas instituciones en los escritos de alegaciones que han presentado ante el Tribunal Supremo, en los que piden que se rechace el recurso de la abogada española de origen marroquí Zoubida Barik Edidi contra la decisión del juez, que el pasado 29 de octubre la expulsó de la sala donde iba a celebrarse un juicio por llevar la cabeza cubierta con un ‘hiyab’.

El escrito de la Fiscalía asegura que la normativa de nuestro país prevé la existencia de supuestos en los que, en el ejercicio de la potestad de policía de estrados, el presidente de un tribunal puede prohibir el uso de determinadas prendas a los letrados que asistan a una vista cuando no se ajusten a los fines previstos en la legislación.

Coincide en ello la Abogacía del Estado, que añade que a la letrada le «falta legitimación» para impugnar la resolución del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que califica de «impecable jurídicamente» y que «no ha incurrido en vulneración de derecho fundamental alguno». La abogada presentó el pasado noviembre una queja ante el CGPJ para que abriera expediente a Gómez Bermúdez por una presunta falta de abuso de autoridad, que finalmente fue archivada en febrero al estimar el órgano de gobierno que el juez actuó en el ejercicio de su competencia como presidente del tribunal.

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