AI lamenta los límites de España a la aplicación de la jurisdicción universal

El Día, EFE, Madrid, 27-05-2010

Amnistía Internacional (AI) lamentó que España no haya incluido en el Código Penal el delito de desaparición forzada y que haya limitado la aplicación de la jurisdicción universal a los casos en los que las víctimas eran españolas y a que el acusado estuviera en España.

Son datos del informe “El estado de los derechos humanos en el mundo” presentado por Amnistía Internacional, que indica que ETA sigue siendo un “grave problema” para los derechos humanos y que continuaron registrándose denuncias de tortura y malos tratos contra funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, aunque disminuyeron en las comisarías donde se instalaron sistemas de vigilancia.

Tortura y malos tratos.- AI concluye en su estudio que en 2009 continuaron las denuncias por tortura y otros malos tratos a manos de funcionarios encargados de hacer cumplir la ley 230, según la Fiscalía General del Estado, pero añade que, por ejemplo, en las comisarías de los Mossos d’Esquadra donde se han instalado cámaras de vigilancia, este tipo de denuncias son mucho menos numerosas. Recuerda que, según la Fiscalía General del Estado, en 2009 se registraron 230 denuncias por estos hechos, aunque no se conoce cuántas concluyeron en condena.

“Una de las grandes preocupaciones de Amnistía es que muchas denunicias se archivan sin investigar y en otros casos, cuando avanzan, los procesos de investigación pueden durar entre 10 y 12 años entre la denuncia y la sentencia”, explicó el director general de la organización en España, Esteban Beltrán, durante la presentación del informe.

Racismo.- Respecto al racismo, Amnistía sitúa a España entre los cuatro únicos países de la UE que no tiene un órgano que registre los datos estadísticos sobre las denuncias presentadas en este sentido.

“El racismo es invisible oficialmente”, dijo Esteban Beltrán, quien destacó también como otro de los aspectos negativos que “España no ha hecho los deberes respecto a los derechos de justicia y reparación en los casos de desapariciones forzadas en la Guerra Civil”.

A su juicio, “para pasar página, primero hay que leerla”. Beltrán recordó que el pasado mes de septiembre España ratificó la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y, sin embargo, la desaparición forzada todavía no figuraba como delito en la legislación española.

Reforma de la Justicia.- Sobre la jurisdicción universal, considera un retroceso la aprobación en el Parlamento “sin ningún debate específico al respecto” de la reforma de la Ley del Poder Judicial, el pasado mes de octubre, que limita su aplicación a los casos de víctimas españolas o con algún “vínculo de conexión relevante” con España y en los que el presunto acusado estuviera en España.

En este sentido, el magistrado emérito del Tribunal Supremo y miembro de la Comisión Internacional de Juristas, José Antonio Martín Pallín, que intervino en la presentación del informe, destacó “el privilegio” de que el juez Baltasar Garzón iniciara la causa contra el ex dictador chileno Augusto Pinochet porque “relanzó” la Jurisdicción Universal.

“El trabajo de Garzón generó una marea imparable y se fueron ajustando cuentas en Argentina, en Chile o Sudáfrica, hasta el momento actual, en el que en España se cercena de forma muy significativa” la justicia universal, ha opinado. A pesar de la restricción, el magistrado considera que se ha abierto la brecha “del vínculo de conexión relevante con España”, por la que la defensa de los derechos humanos pertenece a todos los países y por tanto “ningún juez español puede ser ajeno a la violación de estos derechos”.

Sobre las desapariciones forzadas, el magistrado señaló que “nada impide que un juez pueda investigar si aparecen en fosas cadáveres con signos evidentes de violencia”, indicó Pallín.

Legislación de asilo.- Uno de los problemas que identifica AI en la parte de su informe que hace referencia a España es la falta de aplicación de una estrategia integral para combatir el racismo a nivel nacional y el hecho de que sea uno de los cuatro únicos países de la UE que no tienen un órgano nacional que publique datos estadísticos sobre denuncias de racismo.

En cuanto a los derechos de las personas migrantes, refugiadas y solicitantes de asilo, AI cita informes de ONG de toda España que el año pasado registraron un incremento de los controles policiales de identidad por motivos raciales.

Además, la organización de Derechos Humanos destacó que España sigue teniendo una de las tasas de reconocimiento del derecho de asilo más bajas de la UE. La reforma de la Ley de Asilo, aprobada en octubre, contiene algunos puntos negativos, según AI, pero también modificaciones positivas, como que se pueda conceder asilo a personas perseguidas por motivos de género u orientación sexual. Criticó igualmente que se haya elevado de 40 a 60 días el periodo máximo de detención para los inmigrantes indocumentados.

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