Diez años para un soldado neonazi y sus cómplices

El Mundo, E. M., 20-10-2009

Tribunales. Agredieron a un marroquí casi hasta matarlo. Aunque se considera su simpatía por los ‘skins’, no hay agravante ideológica La Audiencia Provincial condenó ayer además a 10 años de cárcel a cinco militares que el 27 de septiembre de 2007 agredieron a un joven de origen marroquí cuando éste se encontraba con su novia en un coche en un descampado del municipio madrileño de Navalcarnero.


El tribunal considera a Francisco Q.S., Sergio L.V., Jorge H.M. e Iván C.Z. culpables de un delito de asesinato intentado por la paliza que propinaron a su víctima, y que le causó lesiones graves y secuelas físicas y psicológicas, y al último también de una falta de lesiones, por las que causó a la novia del agredido para que no se moviera.


El tribunal señala que «no cabe duda de la ideología neonazi e incluso de la militancia ‘skinhead’ de Sergio L.», que llevaba tatuados en su cuerpo símbolos propios de esa ideología y que había reconocido en un reportaje televisivo su pertenencia a estos grupos y que «igualmente se ha puesto de relieve la tendencia o simpatía» con estas ideas de Jorge H. y Francisco Q.


Sin embargo, considera que no puede aplicarse la agravante de cometer el delito por motivos racistas e ideológicos ya que «no existe prueba de que actuaran por motivos xenófobos», dada la explicación de que su motivación eran los daños que la víctima había causado al vehículo de uno de ellos.


Según relata la sentencia, la noche en que ocurrieron los hechos, Francisco Q. recogió a los otros tres procesados con su coche, y se dirigieron a un «lugar despoblado, solitario y sin iluminación eléctrica», donde se escondieron detrás de una caseta «a la espera de que llegara su víctima», que solía estacionar allí su vehículo.


Cuando llegó, los cuatro militares se cubrieron los rostros, se acercaron «de forma sigilosa» al coche y, mientras uno de ellos rompía la ventanilla trasera, los otros tres, que portaban una barra de acero extensible, un puño americano y una porra de madera, abrieron la puerta del vehículo, agarraron al joven, lo sacaron, y le golpearon incluso cuando cayó al suelo desmayado.


El tribunal ha considerado que los hechos son constitutivos de un delito de asesinato en grado tentativa, ya que «los acusados, con la conducta descrita, han evidenciado el ánimo de matar que presidía su acción», al propinarle «múltiples golpes de gran intensidad dirigidos a zona vital».


El acusado afirmó durante el juicio que no tenía intención de acabar con la vida de su víctima, sino sólo de «darle un susto» porque aquél había causado daños en su coche unos días antes, y que lo planeó sobre la marcha con sus compañeros de cuartel aquella noche, cuando se dirigían al estadio Santiago Bernabéu.


Similitudes y diferencias


>Es fácil recordar la sentencia del asesinato de Carlos Palomino al ver este caso.


>En los dos asuntos, los acusados eran soldados y el tribunal ha considerado probado que eran afines a la ideología neonazi.


>¿Por qué entonces a Josué Estébanez se le aplicó la agravante ideológica y a los de este caso no?


>En este caso, la Audiencia cree que no hubo motivos ideológicos, sino que se trató de una venganza.

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