Un juez investiga un presunto delito de acoso inmobiliario de los vecinos a una familia gitana

El Correo, MARÍA JOSÉ TOMÉ, 02-08-2009

La Audiencia provincial de Vizcaya investiga si hubo un presunto delito de acoso inmobiliario en las movilizaciones vecinales que tuvieron lugar la pasada primavera en contra del realojo de una familia gitana en el núcleo de La Arboleda, en la localidad vizcaína de Trapagaran. En concreto, el órgano judicial ha ordenado la incoación de diligencias previas para investigar unos hechos sucedidos el 1 de abril, cuando cerca de un centenar de residentes tapiaron la puerta de la vivienda y se concentraron enfrente para impedir el acceso a sus nuevos inquilinos, de quienes desconfiaban por sus presuntos antecedentes conflictivos. El juez considera que estas actuaciones, que define en un reciente auto como una «acción grupal concertada», deben recibir la calificación provisional de delito.

En el marco de estas diligencias, según ha podido saber este periódico, la Fiscalía va a presentar de forma inminente una denuncia por los hechos ocurridos el citado día y por todos los acaecidos con posterioridad. El ministerio público cree que, detrás de estas manifestaciones vecinales, puede existir un delito contra la integridad moral por acoso inmobiliario, además de otros por revelación de secretos, coacciones, prevaricación e incluso falta o delito de injurias. En cualquier caso, el objetivo de la Fiscalía es actuar contra los «instigadores» que han podido «manipular a los vecinos» participantes en las protestas.

En el auto, la Audiencia estima el recurso de apelación interpuesto por el fiscal a la decisión del Juzgado de Instrucción número 3 de Barakaldo de sobreseer el procedimiento. Tras estudiar el atestado policial, este órgano calificó los hechos como una falta al afirmar – de forma «sorprendente», según la Audiencia – que «ni se conoce su autor ni constan datos para determinar su identidad». De hecho, la Ertzaintza identificó a 37 personas que fueron desalojadas de las inmediaciones de la vivienda donde protagonizaban una sentada.

Además, el argumento del juzgado baracaldés para rechazar la existencia de delito fue que no concurría «el elemento de la reprobación social, ni violencia, sino mero ejercicio de los derechos de manifestación». Para la Audiencia, estas conclusiones «no resisten un análisis medianamente riguroso» y destaca la «gravedad» de lo sucedido. «La finalidad prevalente de quienes allí se congregaron, por encima de cualquier ánimo de exteriorización de una protesta era, lisa y llanamente, impedir el acceso a la vivienda» a la familia gitana.

Puerta tapiada

El juez describe, a continuación, el atestado policial que «no deja dudas». Recuerda que la puerta de acceso al piso estaba «tapiada con bloques de cemento y la cerradura inutilizada» y que en el exterior se congregó un numeroso grupo de personas «para garantizar que nadie iba a franquear lo que de forma tan burda había sido inutilizado», lo que hubieran conseguido «de no ser por la dotación policial». «Una acción grupal concertada de este modo y en la que se emplean unos medios como los relatados merece la calificación provisional más grave de delito», concluye.


m.j.tome@diario – elcorreo.com

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