entre la contradicción legal y el miedo a la expulsión

La Razón, 12-01-2009

Al igual que ocurre con la violencia hacia las mujeres españolas, las administraciones y los agentes implicados en la lucha contra esta lacra aseveran que las cifras de denuncias no se compadecen con una realidad aún muy sangrante entre la población de mujeres extranjeras. La razón se encuentra en la situación irregular de la víctima. De hecho, dos leyes orgánicas, la de Extranjería y la Integral de Género, «chocan» cuando de lo que se trata es de tramitar una denuncia. Aunque la Ley 1/2004 de protección integral de las víctimas reconoce sus derechos, una instrucción obliga a los funcionarios policiales a abrir un procedimiento sancionador, que puede derivar en la expulsión de la denunciante. Sin embargo, sí se recoge legalmente que este procedimiento quede en suspenso hasta tanto no se dicte una resolución judicial sobre la orden de protección y la residencia temporal de la víctima.
Asimismo, las mujeres inmigrantes pueden tramitar su denuncia, con la máxima protección, seguridad y confidencialidad, ante los juzgados de Paz y ante la Policía Local, evitando de este modo verse inmersas en un proceso de expulsión.

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