Los bazares de Ontinyent no podrán abrir domingos y festivos

La ley limita la libertad horaria a locales de 150 metros cuadrados

Las Provincias, R. MORENO, 10-01-2009

La Generalitat Valenciana ha aprobado algunas modificaciones en la Ley de Ordenación del Comercio y Superficies Comerciales, entre las cuales destaca la reducción de superficie comercial con total libertad horaria que pasa de 300 a 150 metros cuadrados.

Esta medida afectará sobre todo a los bazares y tiendas multiprecio de la localidad que tienen por costumbre permanecer abiertas toda la semana y prácticamente todo el día sin respetar domingos y festivos.

La nueva normativa regulará todos aquellos establecimientos comerciales con más de 150 metros cuadrados de superficie de venta que sólo podrán abrir los días laborables y los festivos que se autoricen mediante orden de la conselleria de Industria, Comercio e Innovación que se publica de forma anual.

Según palabras del concejal de comercio en el Ayuntamiento de Ontinyent, Miguel Alonso, hasta el momento todos aquellos establecimientos que no superaban “los 300 metros cuadrados de superficie de venta, exceptuando aquellos pertenecientes a grandes grupos de distribución, tenían libertad horaria”.

Alonso ha añadido que a partir de ahora “sólo dispondrán de libertad de horarios aquellos comercios que cumplan la normativa, así como las denominadas tiendas de conveniencia, como kioscos y prensa, panadería y pastelería, combustibles, floristerías y platos preparados”.

Otra de las modificaciones es la supresión de la tasa de inscripción en el Registro de Actividades Comerciales, (R.A.C). “La inscripción continua siendo obligatoria, pero ahora los autónomos que abran un comercio estarán exentos de pagar esta tasa” señaló Alonso.

Por otra parte, la Generalitat ha actualizado las cuantías de las sanciones por no cumplir la Ley de Horarios Comerciales, que podrán llegar a los 6.000 euros en infracciones leves, 60.000 euros en caso de infracciones graves y 600.000 para incumplimientos muy graves. Además, se aplicará como circunstancia agravante el hecho de que el establecimiento infractor sea una gran superficie comercial.

Los grandes locales regentados en su mayoría por inmigrantes orientales mantienen sus establecimientos abiertos al público los 365 días del año, en la mayoría de los casos en horario continuo.

Este tipo de establecimientos ofrecen toda clase de productos, desde productos para el hogar, ropa, higiene hasta alimentos.

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