Hijos y nietos de exiliados ya pueden pedir la nacionalidad

El Periodico, , 30-12-2008

EL PERIÓDICO
MADRID

Los descendientes del exilio provocado por la guerra civil y la dictadura franquista pueden solicitar desde ayer la nacionalidad española, en virtud de la disposición adicional séptima de la ley de memoria histórica. De la medida se beneficiarán cerca de medio millón de familiares de personas que dejaron España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955.
La solicitud, cuyo modelo puede descargarse a través de la página web del Ministerio de Justicia, podrán presentarla las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español y aquellas cuyo abuelo o abuela hubiese perdido o tenido que renunciar a la nacionalidad a causa del exilio.
El plazo para formalizar la petición es de dos años -hasta el 29 de diciembre del 2010-, y se requerirá la documentación que demuestre haber sido beneficiario de pensiones concedidas a exiliados; documentos expedidos por oficinas de refugiados o por entidades e instituciones reconocidas y vinculadas con el exilio.
Asimismo, podrán presentarse documentos que acrediten la participación en actividades de defensa y protección de los exiliados españoles o que se esté trabajando actualmente en la reparación moral y la recuperación de la memoria personal y familiar de las víctimas de la guerra civil y la dictadura.

PROCEDENCIAS DIVERSAS
Según las estimaciones del Gobierno, en torno a medio millón de ciudadanos repartidos por todo el mundo reúnen los requisitos para solicitar la condición de español. La mayoría de ellos residen en países de América Latina (Argentina, Uruguay, Cuba, Chile, Venezuela y México) y en Francia. Argentina, con cerca de 300.000 personas, es el país donde hay un mayor número de potenciales beneficiarios de la nacionalidad.

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