El Gobierno aborda la cuarta reforma de la Ley de Extranjería

La Razón, 20-12-2008

El Gobierno aborda la cuarta reforma de la Ley de Extranjería, en vigor desde el año 2000 y que sustituyó a la aprobada en 1985, una de las legislaciones que ha sufrido más cambios, condicionados por el creciente fenómeno migratorio.
       La nueva ley, que entró en vigor el 1 de febrero de 2000, preveía la regularización de todos aquellos extranjeros que se encontraran en España desde antes del 1 de junio de 1999 y acreditaran haber tenido o pedido un permiso de residencia o trabajo en los tres años anteriores a la entrada en vigor del texto legal.
       El texto restringía además las facultades de la Administración para expulsar inmigrantes, al limitar los casos en que podía aplicarse esta medida y reforzar las garantías de los afectados en estos procedimientos.
       La nueva ley contemplaba además que todos los inmigrantes que residieran en España tendrían derecho a asistencia sanitaria, educación y servicios sociales en las mismas condiciones que los españoles, y reconocía a los extranjeros residentes el derecho de asociación, reunión y el de derecho político de sufragio en elecciones municipales, así como el acceso, como personal laboral, a la Administración Pública.
       Unos meses después se planteó la primera reforma, que entró en vigor el 23 de enero de 2001, e incluía la posibilidad de expulsar a los inmigrantes ilegales, así como la anulación a este colectivo de extranjeros de los derechos de reunión, asociación, manifestación, sindicación y huelga.
       La segunda, aprobada en septiembre de 2003, obligó a reformar la legislación por la anulación del Tribunal Supremo de gran parte del articulado del reglamento y para introducir varias normativas europeas, además del deseo del Gobierno de endurecer las condiciones de entrada.
       Poco después, y por el procedimiento de urgencia, se aprobó la tercera modificación, el 29 de octubre de 2003, que entró en vigor el 22 de diciembre de ese año, que cambió 20 de los 70 artículos de la ley.
       Entre las novedades figuraba la obligación de las compañías de transporte, especialmente aéreas, de facilitar a las autoridades los datos de los pasajeros que viajaran a España, así como los billetes de vuelta que no hubieran sido utilizados por los usuarios.
       Poco después de las elecciones de marzo de 2004, el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero aprobó el decreto, de 30 de diciembre, relativo al Reglamento de la ley de 2000, y que en una de sus disposiciones adicionales preveía la regularización de los inmigrantes sin papeles que llevaran seis meses empadronados en España antes de la entrada en vigor del texto y contaran con un contrato de al menos seis meses.
       Ya en el año 2007 la Ley de Extranjería fue de nuevo noticia tras el pronunciamiento, en dos ocasiones, del Tribunal Constitucional, que declaró inconstitucionales tres artículos que condicionaban el ejercicio de los derechos de reunión, manifestación y asociación y la libertad de sindicación a poseer autorización de estancia o residencia en España.
       Además, el TC reconoció el derecho a la huelga de todos los trabajadores extranjeros, tuvieran o no permiso de trabajo en España.

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