Los inmigrantes sin empleo que vuelvan a su país tendrán preferencia en 'cupo'

Diario de Noticias, 01-11-2008

madrid. Los extranjeros desempleados que se acojan al plan de retorno voluntario a sus países – que permite cobrar el paro de modo anticipado y acumulado – tendrán preferencia para incorporarse al contingente de trabajadores no comunitarios, una vez cumplido su compromiso de no volver a España durante tres años.

El real decreto aprobado ayer afecta a los nacionales de los países no comunitarios con los que España tiene convenios de Seguridad Social: Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Ecuador, Rusia, Filipinas, Marruecos, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Túnez, EEUU, Ucrania, Uruguay y Venezuela.

La norma desarrolla el real decreto ley aprobado el 19 de septiembre y entrará en vigor tras su publicación en el BOE. Para beneficiarse es necesario: ser demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo y tener reconocido el derecho a la prestación por desempleo contributiva, sin compatibilizarlo con un trabajo a tiempo parcial. También habrá de asumir el compromiso de retornar a su país de origen y no volver a España en de tres años para residir y/o realizar una actividad lucrativa o profesional.

El abono de la prestación se efectuará en dos plazos: un 40% en España, una vez reconocido el derecho, y el 60% restante, en el país de origen transcurrido el plazo de treinta días naturales contados a partir de la realización del primer pago, y en el plazo máximo de noventa días desde dicho primer pago. >efe

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