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El derecho de asilo se ampliará a quienes son perseguidos por su condición sexual

La Voz de Galicia, Colpisa, 01-11-2008

El anteproyecto de ley que prepara el Gobierno para reformular el derecho de asilo recogerá las características de género y de orientación sexual como causas que pueden dar lugar al reconocimiento del estatuto de refugiado. Es la primera vez que la legislación española hace mención expresa a esta condición, siempre y cuando en su país de origen la persona sea catalogada como miembro de un grupo social perseguido. El texto apunta otras novedades, como el derecho a la no devolución del refugiado que sufre persecución en su país, así como a la autorización de residencia y trabajo y a la expedición de documentos de identidad y de viaje. La distinción de los ámbitos de asilo y extranjería y la equiparación de las dos vías para obtener el asilo: el estatuto de refugiado, según la Convención de Ginebra, y el de protección subsidiaria, por razones humanitarias.

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