España sólo logra expulsar a uno de cada cinco inmigrantes 'sin papeles'

Diario Vasco, MELCHOR SÁIZ-PARDO, 09-05-2008

MADRID.DV. España sólo logra repatriar a uno de cada cinco inmigrantes que residen sin permisos legales en territorio nacional. En 2007 se quedaron en el país 36.176 ‘sin papeles’ a pesar de que las Fuerzas de Seguridad les localizaron y llegaron a incoar los correspondientes expedientes de expulsión, según estadísticas del Ministerio del Interior a las que el departamento nunca dio publicidad.

Interior da a conocer de manera periódica las grandes cifras de expulsiones, retornos, readmisiones o devoluciones, pero nunca ha desvelado cuántos son los irregulares que son identificados y fichados dentro del territorio nacional y que, sin embargo, jamás son repatriados por falta de acuerdos con los países de origen o por la imposibilidad de volver a localizar al inmigrante una vez puesto en libertad.

Un reciente documento interno de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil apunta que en 2007 la Comisaría General de Extranjería y Documentación, el órgano encargado de gestionar las repatriaciones, incoó 45.714 expedientes de expulsión a inmigrantes en situación irregular detectados en el interior del país. Sin embargo, sólo pudieron ser expulsado 9.536 de estos ‘sin papeles’, apenas el 20,8% del total.

Además, España es cada vez menos efectiva a la hora de repatriar a los clandestinos que ya han entrado. En 2006, según este mismo informe oficial, las autoridades policiales dictaron órdenes de expulsión contra 48.857 irregulares, de los que finalmente fueron repatriados 11.373, un 23% del total, tres puntos más que un año después.

A todos estos inmigrantes con expedientes de expulsión pendientes se les ordena abandonar el país en un plazo de quince días. No hay estadísticas oficiales de cuántos ‘sin papeles’ cumplen las órdenes, pero las estimaciones más optimistas apuntan a que menos de un 1,5% de estos clandestinos abandona el país de manera voluntaria.

Efectividad en frontera

Los técnicos de Interior reconocen la envergadura del problema de repatriar a los inmigrantes que ya han entrado, pero insisten en que España tiene más del 92% de efectividad en los rechazos y devoluciones en fronteras. Las estadísticas del departamento que dirige Pérez Rubalcaba apuntan que en 2007 fueron detectados 50.318 ‘sin papeles’ cuando pretendían entrar en España de manera irregular y que 46.471 de ellos pudieron ser repatriados.

Según Interior, a lo largo de todo el año pasado fueron deportados a sus países 55.938 inmigrantes. No obstante, el 83% fueron devueltos desde la frontera a través de las tres figuras existentes en la Ley de Extranjería: 24.355 clandestinos fueron rechazados en los puestos fronterizos habilitados (retorno), 15.868 inmigrantes que intentaban entrar por puestos no habilitados fueron deportados (devolución) y 6.248 fueron expulsados por acuerdos con terceros países (readmisión).

El Gobierno no considera la situación preocupante porque las deportaciones por las diferentes vías han crecido un 6% entre 2006 y 2007 y, además, la llegada de inmigrantes por medio de embarcaciones a Canarias y Andalucía cayó en ese período un 53,9 %, de 39.180 irregulares a sólo 18.057.

No obstante, fuentes del Ejecutivo reconocen que estas cifras nada dicen de la principal vía de entrada de irregulares a España: los aeropuertos internacionales. No hay estadísticas fiables sobre el número de supuestos turistas extracomunitarios que, una vez expirado su visado de turista o estudiante, continúan en el país y desembocan en la denominada ‘irregularidad sobrevenida’.

La inmensa mayoría de estos ‘sin papeles’, muchos de ellos de origen iberoamericano, pasan a engrosar las listas inmigrantes ‘inexpulsables’ a pesar de tener incoados reiterados expedientes de repatriación.

El ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, anunció ayer que el Gobierno reformará la Ley de Extranjería para ampliar el plazo máximo de internamiento de los ‘sin papeles’ con vistas a su repatriación. En la actualidad, el tiempo máximo de reclusión en los centros de internamiento para extranjeros está en 40 días y siempre bajo supervisión judicial.

Ley de Extranjería

El artículo 62.2 de la Ley sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, más conocida como Ley de Extranjería, establece que «el internamiento se mantendrá por el tiempo imprescindible para los fines del expediente, sin que en ningún caso pueda exceder de cuarenta días, ni acordarse un nuevo internamiento por cualquiera de las causas previstas en un mismo expediente».

Además, especifica que la autoridad judicial, «atendiendo a las circunstancias concurrentes en cada caso, podrá fijar un período máximo de duración del internamiento inferior al citado».

El ministro, en declaraciones a la Cadena Ser, no quiso concretar cuál es el tiempo máximo que baraja el Ejecutivo, aunque sí adelantó que no llegará al límite de seis meses, prorrogable a 18 meses, que fija la nueva directiva europea que el miércoles fue estudiada en Bruselas. Pérez Rubalcaba señaló que considera excesivo el medio año, si bien insistió en que 40 días son insuficientes para los farragosos trámites que preceden a una expulsión. COLPISA

Texto en la fuente original
(Puede haber caducado)