Retiran el pasaporte a tres asesinos en libertad por un error

El Mundo, XIANA SICCARDI, 02-02-2008

La Audiencia no ve «motivos suficientes» para detenerles a la espera de decidir sobre su situación procesal en una vista el próximo martes Los ucranianos Tetyana K., Olena P. y Oleksandr L.seguirán en libertad, por lo menos hasta el martes, si no incumplen su obligación de presentarse a diario en el juzgado, tal y como vienen haciendo desde que salieron en libertad, a comienzos de esta semana.


Los tres fueron condenados por la Audiencia de Barcelona a 17 años de cárcel por el asesinato a martillazos del empresario andorrano Joan Casals, en 2004, pero un error en la redacción de la sentencia la anuló y quedó sin efecto. Coincidió con ello que los tres encausados han cumplido el límite máximo de prisión provisional que marca la ley, y salieron en libertad el miércoles.


Al conocer la noticia, la Fiscalía pidió la detención inmediata de estas tres personas, algo que el magistrado – presidente de la Oficina del Jurado no consideró ayer urgente. Argumenta que no existen «motivos suficientes» para su arresto porque, hasta el momento, los tres condenados se han presentado a diario en el juzgado y porque uno de ellos, Oleksandr L., ha cedido incluso su pasaporte a las autoridades, para dejar clara su intención de que no existe riesgo de fuga. Los tres se siguen considerando inocentes de los hechos que se les imputan, por lo que argumentan que no abandonarán el país. En caso de no presentarse cada día en el juzgado, con toda seguridad se ordenaría su detención.


No obstante, el magistrado ha considerado oportuno retirar los pasaportes, también, a las dos mujeres. Sus defensas, al mismo tiempo, han solicitado que se les tramiten copias certificadas de los mismos, cosa que también se les ha aprobado.


El tribunal prohibe a los tres encausados abandonar el territorio nacional «y que se dicten las medidas oportunas para que se impida la salida de los mismos sin que proceda pronunciamiento alguno en lo que se refiere a los tres pasaportes al obrar en poder de este tribunal».


Sin posicionarse sobre la necesidad o no de ampliar la prisión preventiva a la espera de que la sentencia sea firme, el magistrado anticipa que en casos extraordinarios como éste, en la que los encausados ya han sido condenados, «la prisión provisional podrá prorrogarse hasta el límite de la mitad de la pena impuesta en sentencia cuando ésta hubiere sido recurrida». Con esta base, ha citado a las partes el martes a las 9.45 horas para deliberar sobre su ingreso en prisión o su continuidad en libertad.


El problema comenzó en julio del año pasado, cuando un tribunal de la Audiencia de Barcelona les condenó por la muerte del empresario.Las tres defensas contratacaron alegando que no quedaba especificada la prueba de culpabilidad. Al respecto se posicionó el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) quien, analizando el caso, les dio la razón ordenando al tribunal a que rehiciera la sentencia, especificando «las razones de convicción»; una formalidad. Mientras ésta se reescribía venció el plazo máximo de prisión preventiva, por lo que el tribunal optó por dejarles libres, hace ahora dos días.


Al conocer la noticia la Fiscalía, además de reclamar la detención de estas tres personas, pidió a la Audiencia de Barcelona la celebración de una comparecencia, «con la mayor premura» – la del martes – donde el fiscal pedirá para los tres la prisión provisional.


La nueva sentencia – que mantiene la misma pena de prisión – fue dictada el 14 de enero y, dos días más tarde, la defensa de Tetyana K. solicitó su inmediata puesta en libertad, alegando que se le había prorrogado la situación de prisión provisional en base a una sentencia nula. Además, la Audiencia de Barcelona les amplió la medida hasta la mitad de la pena impuesta en un auto dictado en julio, pero al anularse la sentencia quedó también sin efecto dicho auto. Como los tres procesados habían agotado ya el máximo de prisión preventiva antes de la condena, el magistrado – presidente acordó la excarcelación. La última sentencia les obliga, además, a indemnizar con 47.000 a los dos hijos de la víctima.

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