Condena leve por la agresión que dejó en coma a un urbano

El tribunal impone cuatro años y medio de prisión al joven que lanzó la piedra El fallo rechaza que una maceta arrojada desde una fiesta okupa causara la lesión

El Periodico, , 01-02-2008

J. G. ALBALAT
BARCELONA

La Audiencia de Barcelona ha condenado a cuatro años y medio de prisión al joven chileno Rodrigo Andrés Lanza por dejar en coma a un guardia urbano de una pedrada durante los graves altercados del 4 de febrero del 2006 en la calle de Sant Pere més Baix (Ciutat Vella). A los otros dos imputados, el argentino Juan Daniel Pintos y el también chileno Álex Cisternas, se les han impuesto tres años y tres meses de cárcel, al estimar que son coautores de un delito de atentado a la autoridad. Las penas distan mucho de los 11 años de cárcel que reclamó la fiscalía para cada uno.
Los magistrados de la sección 8 de la Audiencia leyeron ayer en una vista pública el fallo, algo que solo se suele hacer en supuestos de suma relevancia. La sala estaba a rebosar y en el banquillo se volvieron a sentar, igual que lo hicieron en el juicio, en un lado los tres principales acusados y frente a ellos otros seis imputados por los altercados ocurridos cuando una dotación de la Guardia Urbana intentaba controlar la celebración de una fiesta ilegal que un grupo okupa celebraba en la finca del número 55 de Sant Pere més Baix. La sentencia obliga a Lanza, Pintos y Cisternas a indemnizar con más de un millón de euros al urbano herido, que permanece en estado vegetativo, a su mujer y a sus cuatro hijos.
Lanza es el único que se halla actualmente en prisión, ya que Pintos y Cisternas fueron excarcelados el 15 de enero, después de dos años en prisión preventiva y tras la deliberación de los jueces. Los tres escucharon su condena: Lanza como autor material de la agresión y los otros dos como coautores. Y también oyeron cómo a otros dos imputados se infligía un castigo que podría comportar su futuro ingreso en prisión: tres años y medio de prisión para Alfredo Pestaña por lanzar un cono y una valla a un urbano, y tres años de cárcel para la joven Patricia Heras, que le ayudó en la última acción. A los otros cuatro acusados se les condenó a un año por arrojar objetos a la policía municipal. Tras la lectura, se realizó la vistilla para que el tribunal decida si, ante la pena impuesta, Lanza debe permanecer en prisión o no. Eso sí, si no sale hoy libre lo podría hacer a principios de marzo.

LA DECLARACIÓN DE TRES URBANOS
El tribunal considera a Lanza responsable de un delito de atentado a la autoridad -relacionado con una falta de lesiones- y le atribuye otro de lesiones imprudentes por haber lanzado la piedra que golpeó al agente en la frente y le hizo caer de espaldas, provocando que se golpease en la cabeza y quedase en coma, “un exceso de resultado no querido ni previsto por el acusado”.
La sentencia recoge como principal prueba de cargo la declaración de los tres urbanos que acompañaban esa madrugada al agente que resultó herido y que, en el juicio, señalaron a Lanza como la persona que lanzó la piedra que impactó en la frente de su compañero, a Cisternas como el que tiró un segundo objeto que golpeó al urbano cuando estaba en el suelo, y a Pintos como el que alentaba al grupo a continuar la agresión, con expresiones tipo “perro, cabrón, nos lo hemos cargado”. Ese relato se expone en la resolución judicial como hechos probados.

GOLPE EN LA FRENTE Los magistrados también se apoyan en las declaraciones de las dos forenses judiciales que determinaron que el golpe que recibió el agente fue en la frente y que este, al marearse o perder el sentido, se cayó de espaldas y se golpeó con el suelo. A la vez, el tribunal rechaza por “carecer de fundamento” la teoría de que fuera una maceta caída desde la casa okupada la que ocasionó las lesiones al policía.

Texto en la fuente original
(Puede haber caducado)