El Constitucional obliga a que se reforme la Ley de Extranjería

El Día, , 19-11-2007

COLPISA, Madrid

El Gobierno deberá impulsar una nueva reforma de la Ley de Extranjería que garantice los derechos de los extranjeros que se encuentren en España, esa es la repercusión que tendrá una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) en la que declara parcialmente ilegales cinco artículos de la Ley Orgánica 4/2000 sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España.

Asimismo el TC ordena al Ejecutivo que garantice legalmente los derechos de reunión, asociación y sindicación a los inmigrantes que viven en España de manera irregular.

La corte de garantías fija que el legislador deberá “establecer las condiciones de ejercicio de estos derechos que hasta ahora se negaban a los sin papeles y que deberá de hacerlo en un plazo de tiempo razonable”.

A pesar de las premuras, fuentes parlamentarias y del Ejecutivo confirmaron la semana pasada que la nueva reforma de la ley de Extranjería, la cuarta, tendrá que abordarse la próxima legislatura, ya que no hay plazo para enmendar el error antes de las elecciones generales de marzo.

El tribunal precisa en su sentencia que es indispensable volver a redactar estos preceptos porque no cabe anularlos sin más y hacerlos desaparecer de la Ley de Extranjería porque ello supondría “un vacío legal que no sería conforme a la Constitución y que conduciría a denegar los derechos de asociación, reunión y sindicación a todos los inmigrantes residentes en España, con independencia de si están en situación de legalidad o no”.

Residentes en España

Además, los magistrados rechazan también la posibilidad de retirar de los artículos la polémica expresión que limitaba los derechos a los extranjeros “legales”: “podrán ejercer cuando obtengan autorización de estancia o residencia en España”.

Para el Constitucional, retirar esa coletilla “entrañaría una clara alteración de la voluntad del legislador, ya que de este modo se equipararía plenamente a todos los extranjeros, con independencia de su situación administrativa, en el ejercicio de los derechos señalados”. Por ello, sentencia que el Parlamento debe volver a aprobar el contenido de esos artículos porque “no corresponde a este tribunal decidir una determinada opción en materia de extranjería”, ya que el trabajo del Constitucional es simplemente decir si una norma se ajusta o no a la carta magna.

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