El CGPJ proyecta que los jueces de guardia puedan frenar expulsiones

El Mundo, MARIA PERAL, 04-10-2007

La Comisión de Estudios del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó ayer someter al trámite de audiencia la reforma reglamentaria que proyecta para que los jueces de guardia puedan resolver las peticiones de suspensión cautelar de expulsiones, devoluciones o inadmisión de extranjeros en la frontera.


El CGPJ ha decidido acometer una modificación del reglamento sobre aspectos accesorios de las actuaciones judiciales en respuesta a las quejas del Defensor del Pueblo y de organizaciones como la Associació Catalana de Professionals de l’Estrangeria (Acpe).


Esta asociación expuso en un escrito dirigido al Tribunal Superior de Cataluña que los jueces de guardia se niegan a paralizar de forma cautelar las expulsiones y repatriaciones de extranjeros al estimar que no tienen competencias para pronunciarse sobre ese tipo de resoluciones administrativas.


Aunque las devoluciones y expulsiones pueden ser recurridas ante los Juzgados de lo Contencioso – Administrativo, el hecho de que éstos no funcionen los fines de semana y que los jueces de guardia (que sí lo hacen) no se consideren competentes para acordar la suspensión cautelar priva de eficacia al recurso, puesto que éste se interpone cuando el afectado ya ha sido expulsado.


La Comisión de Estudios del CGPJ ha elaborado un borrador de reforma reglamentaria para incluir como competencia del juez de guardia la adopción de las medidas cautelares que procedan en materia de extranjería y asilo.


El texto será sometido ahora al criterio del Gobierno y de las comunidades autónomas, salas de gobierno de Tribunales y Audiencias y asociaciones judiciales.


Al mismo trámite será sometida otra reforma, en esta ocasión del reglamento de honores y protocolo, para otorgar el tratamiento de señoría a los jueces de paz. La medida ha sido solicitada por estos mismos, que reclaman una normativa que regule su tratamiento en actos solemnes o de carácter institucional.


También se pretende incluir en el reglamento una fórmula de juramento y toma de posesión de los jueces de paz, que se celebraría ante el juez de primera instancia.

Texto en la fuente original
(Puede haber caducado)