El Síndico pide que no se abandone a los presuntos menores extranjeros

El Correo, JOKIN ELIZARAN, 25-01-2012

El Síndico lo tiene muy claro. Sean mayores o menores de edad, los jóvenes extranjeros que actualmente acoge Álava no pueden ser «abandonados» en ningún caso. En una recomendación que acaba de hacer pública, el defensor vecinal entra de lleno en la polémica provocada por la expulsión de un grupo de chavales inmigrantes de un centro de la Diputación tras detectarse que tenían más de 18 años cuando se les realizó la prueba ósea.

La plataforma de apoyo a estos jóvenes solicitó a Javier Otaola que se pronunciase y acaba de hacerlo. A su juicio, la situación en la que se encuentran los extranjeros se debe a una «interpretación expansiva y errónea que la Diputación hace con los decretos de la Fiscalía». Como adelantó EL CORREO, todas las instituciones implicadas en la tutela de estos antiguos ‘menas’ han estrechado la colaboración para evitar el «fraude» que protagonizan personas que dicen ser menores pero que, según las pruebas sanitarias realizadas, no lo son. Así, Fiscalía, Policía Nacional, Osakidetza y forenses han agilizado los protocolos de actuación para que la Administración foral sepa si un chaval que está bajo tutela del servicio de protección de la Infancia es menor o si presenta una documentación falsificada.

En su recomendación, el Síndico urge a las instituciones a «acoger» y tomar «medidas» que favorezcan a esos presuntos menores extranjeros no acompañados. «Ellos no han llegado sin papeles, no se han negado a declarar su edad ni han intentado defraudar a los Sevicios Sociales», concluye. Otaola entiende además que tampoco pueden ser «culpabilizados» de su situación. Han entrado a España como menores y han sido acogidos en régimen de tutela. Por tanto, los informes de madurez ósea «no permiten concluir que tuvieran menos de 18 años cuando fueron recogidos por la Diputación». Y, lo que más le preocupa, «tienen derecho a beneficiarse de los programas de post – acogida como si hubieran alcanzado la mayoría de edad de manera sobrevenida».

El Síndico cree que la actuación de la actuación de la Diputación «obliga» al Ayuntamiento a «atender a un importante número de personas jóvenes, supuestamente mayores de edad, que están en proceso de integración, con lo que se crean situaciones de emergencia social y desbordan la capacidad de respuesta de los Servicios de Intervención Social de Vitoria. Con el consiguiente perjuicio para los afectados y con quebranto de calidad del servicio también para otros usuarios».

Contradicciones

Otaola entiende que sí hay una vertiente del caso que afecta al Consistorio: la relativa a «qué tratamiento han de recibir quienes finalizan su proceso de acogida e inserción cuando cumplen la mayoría de edad». Pero no aquellos que lo hacen de «manera normal», sino los que ‘ganan años’ como consecuencia del decreto de la Fiscalía. Una resolución que, en su opinión, «contradice y rectifica» la edad oficial del menor que consta en su pasaporte y en la documentación oficial que aporta. Insiste Otaola en que «ese dato corresponde a un documento oficial del país de origen que no ha sido manipulado ni falsificado, y que por lo tanto es inicialmente válido». También afirma que la disparidad entre la edad oficial registrada en el pasaporte y la edad ósea determinada mediante pruebas médicas y decretada por la Fiscalía «no es imputable al menor, sino en todo caso a errores o faltas de los servicios administrativos de los países de origen». Sin embargo, lo que le inquieta es que cuando el menor es expulsado del itinerario de protección gestionado por la Diputación, también se ve fuera del programa post – acogida que el Ayuntamiento tiene previsto para cuando los ‘menas’ cumplen la mayoría de edad. Y esa fase promete «acompañamiento y apoyo» para «enfrentarse a la vida autónoma». Consiste en «apoyo tutorial y en determinados casos, la tramitación de prestaciones económicas». Así, los menores podrían acceder a un albergue municipal, una prestación de 460 euros para 3 ó 4 meses, así como a la tramitación de la ayuda de urgencia para Alimentación de Jóvenes sin apoyo familiar, de 650 euros apoximados.

El Síndico recuerda que los implicados «dan valor prevalente al decreto de Fiscalía y a las pruebas de madurez ósea respecto a la edad oficial, cuando los tribunales de Justicia no siempre comparten ese criterio, y otorgan mayor valor probatorio al documento del país de origen».

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